Viernes 29 de Noviembre de 2024 - Mar del Plata, Argentina
 11.29.24 
Last Updated on Monday, 14 August 2017 17:08
Published on Thursday, 30 April 2015 11:26

Reglamento de Convocatoria 2015 para Centros de Extensión Universitaria


A. DEFINICIÓN DE PROYECTOS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
Se considera a la extensión como función inherente al quehacer universitario cuyo sentido comunitario, de integración/retroalimentación y desarrollo multidimensional, se sustenta en su naturaleza académica y social, con un enfoque integral del sujeto en sociedad como verdadero protagonista de su tiempo y espacio, autónomo y comprometido con una práctica democrática en la construcción colectiva y el bienestar social. En dicho contexto, se motivan y entienden como Proyectos de Extensión a aquellos emprendimientos que proponen acciones que conforme al marco teórico y el tipo de intervención seleccionada, tiendan a mejorar la calidad de vida de la población y a participar activamente en la reconstrucción de los espacios y las prácticas vinculares para tal fin. Dichos Proyectos de Extensión deben ejecutarse con referencia a espacios de gestión y actores sociales cuyo protagonismo se sitúa por fuera del ámbito universitario. 
Para esta Convocatoria Extraordinaria se llama a aquellos interesados en realizar proyectos de carácter interdisciplinar e integral a ser desarrollados en las distintas Sedes de los Centros de Extensión Universitaria según OCS 662/93 con estrategias de trabajo en las Áreas temáticas puntuales que se plantean en el punto 3 de la presente Convocatoria.

B. DE LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA
1. Presentación.
El proyecto deberá ser presentado en la Secretaría de Extensión de la Unidad Académica en la que el Director cumple función docente, privilegiando aquella en la que mayor dedicación posea. 
Deberá adjuntarse en anexo a la presentación, la autorización de difusión (ANEXO III). La Secretaría de Extensión Universitaria otorgará el aval que expresa el compromiso de la/s institución/es extrauniversitarias involucradas como Sedes Barriales Universitarias (ANEXO IV). Además se deberán presentar los currículum de los integrantes del equipo (ANEXO V(1)) (ANEXO V(2))
Los Consejos Académicos, previo control de los requisitos formales y satisfacción de todos los requerimientos que contemple la convocatoria en sus anexos por parte de la Secretaría de Extensión de la Unidad Académica ( ANEXO VII), considerarán los proyectos a los fines de avalarlos y elevarlos a la Secretaría de Extensión Universitaria con el correspondiente acto administrativo. Cabe destacar que no serán admitidas para su evaluación aquellas presentaciones que resulten incompletas y que no satisfagan plenamente los requisitos exigidos en la convocatoria.
Se podrán presentar Proyectos enmarcados en la siguiente categoría:
Proyectos Integrales para Centros de Extensión Universitaria: se trata de aquellas propuestas que busquen abordar una o algunas de las áreas temáticas planteadas en el punto 3 de la presente Convocatoria, con un abordaje de carácter integral e interdisciplinario para el trabajo en distintas problemáticas planteadas en conjunto con la comunidad involucrada a través de cada Sede.
Duración: hasta doce meses de ejecución, comprometiéndose el Director a realizar su difusión durante los tres meses posteriores a la finalización del proyecto.
Se valorará como atributo de especial importancia en el proceso de evaluación la inserción del proyecto en el seno de un programa u otro espacio reconocido institucionalmente y con trayectoria en el ámbito universitario que posibilite la articulación de emprendimientos extensionistas, dotándolo de mayor integración temática e inter-multidisciplinariedad.
Para esta convocatoria específica será menester presentar una coordinación entre las áreas académica, investigación y extensión que apunte a la concreción de una estrategia integral. Asimismo, será prioritario el carácter interdisciplinar del equipo de trabajo. 
En el caso de Directores de proyectos correspondientes a convocatorias financiados por la UNMDP, el mismo deberá tener aprobados tanto los informes como las rendiciones finales.
2. Aval de las instituciones extrauniversitarias. CompletarANEXO IV.
Para el aval, la Secretaría de Extensión Universitaria generará un encuentro entre los responsables de Sede y los interesados a presentar proyecto. De esta reunión se desprenderá la firma del aval y la delimitación en conjunto del área temática a abordar, que deberá estar en línea con lo propuesto en el punto 3 de la presente convocatoria. 
3. Áreas temáticas y Sedes. 
Los proyectos presentados deben encuadrarse en una de las siguientes sedes, seleccionadas a partir de la Convocatoria a Sedes para Centros de Extensión Universitaria.
SOCIEDAD DE FOMENTO CORONEL DORREGO sita en Termas de Río Hondo 2050, Mar del Plata. 
COOPERATIVA ELÉCTRICA DEL PUEBLO CAMET- ONG MARCO- ESCUELA SECUNDARIA Nº20 sita en el kilómetro 393 de Ruta Nacional Nº 2.
COOPERATIVA BATÁN sita en Julián Ríos N°4215 de la ciudad de Batán.
La Secretaría de Extensión Universitaria presenta áreas temáticas de trabajo en base a una evolución diagnostica realizadas en las Sedes. Sin perjuicio de lo anterior, los interesados en presentar proyectos a esta convocatoria, tendrán a disposición una reunión con los responsables de cada Sede de Extensión Universitaria para consensuar estas problemáticas y sus actividades de forma conjunta. 
Las áreas temáticas de trabajo surgieron en base a una evolución diagnóstica realizada por SEU. En las tres Sedes mencionadas se encuentra coincidencia para abordar las siguientes aéreas temáticas: 
A.- Capacitación y formación para el trabajo
Capacitación en oficios
Economía solidaria y desarrollo de emprendimientos socio-productivos.
B- Salud colectiva y promoción de la salud
Trabajo en prevención de adicciones para población adolescente
Sexualidad y embarazo adolescente
C- Hábitat, vivienda y calidad ambiental
Seguridad e inclusión social
Generación de prácticas y políticas medio ambientales
D- Inclusión Social, Educativa y Recreativa
Deserción escolar
Deportes y acceso a la recreación
Divulgación de derechos ciudadanos
4. Formato del proyecto. 
El proyecto debe ser presentado en el formato que se indica en elANEXO II respetando el formato original, hoja tamaño A4, bordes inferior, superior y laterales 2,5 cm., tipo de letra Arial tamaño 10. 
El formulario y sus anexos deberán presentarse en papel (por triplicado y firmado por el Director en todas sus hojas) y una copia en soporte magnético, tal lo establecido en la presente normativa.
5. Equipo. Currículum. 
En la presentación se adjuntará el currículum (CV) del director, co-director e integrantes del equipo en formato que se detalla enANEXO V(1) y ANEXO V(2) de la presente Resolución, debiendo respetarse estrictamente el formato de los mismos.
Deberá presentarse en hoja tamaño A4, bordes inferior, superior y laterales 2,5 cm., tipo de letra Arial tamaño 10. Los CV deben ser sintéticos, no excediendo las cuatro páginas y destacándose las actividades relacionadas con la tarea extensionista, principalmente aquello que acredite toda actividad vinculada a la problemática planteada en el proyecto. Los datos allí consignados revisten el carácter de declaración jurada, debiendo presentarse rubricados con firma del interesado en todas sus páginas.
6. Evaluación. 
Se considerarán aprobados aquellos proyectos que obtengan un mínimo de 6 (seis) puntos en la evaluación.

C. DEL DESTINO DE LOS SUBSIDIOS
1. Los subsidios otorgados por la Universidad Nacional de Mar del Plata podrán financiar únicamente los siguientes rubros: 
Retribución a los integrantes del equipo de acuerdo a las normativas vigentes. 
Bienes de consumo y servicios. 
Equipamiento. 
Gastos de servicios técnicos especializados para el proyecto. 
Gastos de movilidad, alojamiento y comida que, relacionados con el proyecto, utilicen los integrantes del equipo de trabajo. 
Los gastos en honorarios no deben exceder el 80% y los gastos en equipamiento no deben exceder el 30% del monto total del subsidio otorgado por la convocatoria. 
2. Todo bien o equipamiento cuya compra se proponga, deberá corresponderse con el desarrollo del Proyecto y estar fehacientemente justificado. Dicho bien deberá ser incorporado al patrimonio de la Universidad siendo responsable patrimonial del mismo, durante la duración del proyecto, la Secretaría de Extensión de la Unidad Académica en la que se encuentra radicado. Se deberá utilizar actas de préstamo y de bienes en tránsito hasta tanto finalice el proyecto.
Una vez finalizado el Proyecto, el bien adquirido deberá ser transferido y puesto a disposición de la Secretaría de Extensión Universitaria.

D. INFORMES DE AVANCE y FINAL
1. Informe de avance. 
Oportunidad. Los Directores, sin previa notificación, deberán elevar a la Secretaría de Extensión Universitaria, a través de las Secretarías de las respectivas Unidades Académicas, el informe de avance del Proyecto, en un plazo no mayor a veinte días hábiles posterior al transcurso de la mitad de la duración contemplada para el desarrollo del Proyecto.
Formalidad y contenido. Deberá completarse el ANEXO VIIIrespetando las siguientes pautas formales: tamaño de papel A4, tipo de letra Arial 10
La Secretaría de Extensión Universitaria realizará el monitoreo de los proyectos durante su ejecución y emitirá un breve informe escrito en función del informe de avance presentado.
El Informe de Avance original y la copia de la rendición parcial, deberán glosarse al expediente generado oportunamente con el proyecto y una copia en folio o sobre, conjuntamente con el correspondiente soporte magnético y copia de la rendición parcial presentada de acuerdo con la normativa de rendiciones vigente. 
Dicho Informe de Avance en sus aspectos académicos formará parte de la presentación a realizar por parte del Director y del resto de los integrantes del Proyecto en las Jornadas Marplatenses de Extensión Universitaria que organiza la Secretaría respectiva, con frecuencia anual, como una instancia tendiente a socializar los estados de avance y/o final de los Proyectos con relación a los logros y las condiciones en su desenvolvimiento. Serán invitadas a participar las instituciones extrauniversitarias que interactúan en el desarrollo del Proyecto. 
2. Informe final 
Oportunidad. Los Directores, sin previa notificación, deberán elevar a la Secretaría de Extensión Universitaria del Rectorado a través de las Secretarías de las respectivas Unidades Académicas el informe final, en un plazo no mayor a veinte días hábiles siguientes a la finalización del proyecto. 
A dicho informe final, se deberá adjuntar un informe proveniente de las instituciones extrauniversitarias co-participantes del mismo expresando sus consideraciones respecto del desarrollo del emprendimiento y la satisfacción de los objetivos planteados en el mismo.
Formalidad y contenido. Deberá completarse el ANEXO IXrespetando las siguientes pautas formales: tamaño de papel A4, tipo de letra Arial 10.
El Informe Final original y la copia de la rendición final deberán glosarse al expediente generado oportunamente con el proyecto y, una copia idéntica, en folio o sobre conjuntamente con el correspondiente soporte magnético y copia de la rendición final presentada de acuerdo con la normativa de rendiciones vigente. 
3. Evaluación del informe final.
El Proyecto será evaluado por la Comisión Evaluadora convocada al efecto, integrada por especialistas del Banco Nacional de Evaluadores para Programas y Proyectos de Extensión acreditado por el Consejo Interuniversitario Nacional. Los resultados de dicha evaluación final se remitirán al Consejo Superior para su conocimiento. Los informes desaprobados impedirán a los Directores de Proyecto presentarse en la siguiente Convocatoria de la Universidad Nacional de Mar del Plata.

E. DEL FINANCIAMIENTO DE PROYECTOS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA E INTEGRACIÓN DEL EQUIPO.
1. Subsidio por proyecto. 
Se subsidiará un proyecto integral por cada sede con un subsidio máximo de $25.000 cada uno.
2. Percepción del monto asignado. 
El Director del proyecto seleccionado percibirá en dos (2) cuotas iguales el monto asignado al mismo. La primera asignación se hará efectiva durante el primer mes de inicio del proyecto –contando a partir de la aprobación del proyecto por OCS-. Para percibir la segunda cuota, es requisito contar con la aprobación de la rendición parcial de los fondos antes recibidos. Dicha cuota se hará efectiva en la mitad de ejecución del proyecto
3. Dedicación docente 
Los docentes con dedicación exclusiva podrán participar del proyecto de Extensión Universitaria dentro de su dedicación horaria, sin recibir remuneración.
Los docentes con dedicación parcial podrán participar del proyecto de Extensión Universitaria dentro de su dedicación horaria en calidad de asignación de funciones o fuera de ella. En este último caso podrán percibir remuneración por un monto equivalente a la carga horaria comprometida, no pudiendo superar las 20 horas.
Los docentes con dedicación simple podrán percibir remuneración por un monto equivalente a la carga horaria comprometida, no pudiendo superar las 30 horas.
En aquellos casos de docentes con dedicación parcial o simple que perciban remuneración por participar del proyecto de extensión fuera de su carga horaria, deberán presentar factura de honorarios que respete las formalidades establecidas en el art. 6º de la RR Nº 2374/06, acompañada de la constancia de inscripción ante AFIP / DGI.
4. Graduados 
Los graduados universitarios podrán participar del proyecto de Extensión Universitaria fortaleciéndolo con la perspectiva del quehacer profesional desde la propia disciplina de conocimiento y generándose una instancia de aprendizaje, todo ello en el marco del compromiso social universitario. En aquellos casos de graduados que perciban remuneración por participar del proyecto de extensión deberán presentar factura de honorarios que respete las formalidades establecidas en el art. 6º de la RR Nº 2374/06, acompañada de la constancia de inscripción ante AFIP/DGI.
5. Estudiantes
Los estudiantes universitarios podrán participar como integrantes del Proyecto de Extensión Universitaria en condición de adscriptos a la extensión o voluntarios, atento a la reglamentación vigente. En ambos casos, la participación del estudiante debe considerarse como instancia de aprendizaje y formación integral del mismo, proceso sustentado académicamente mediante supervisión y capacitación.
6. Personal universitario
El personal universitario de la Universidad Nacional de Mar del Plata podrá participar del proyecto de Extensión Universitaria y percibir remuneración de acuerdo con la reglamentación vigente.
En aquellos casos de no docentes que perciban remuneración por participar del proyecto de extensión fuera de su carga horaria, deberán presentar factura de honorarios que respete las formalidades establecidas en el art. 6º de la RR Nº 2374/06, acompañada de la constancia de inscripción ante AFIP / DGI.
7. Agentes comunitarios
Se podrá incorporar al equipo que conforma el Proyecto de Extensión Universitaria toda persona que, no reuniendo ninguna de las categorías precedentes, se justificase dicha inclusión atendiendo a su idoneidad en el desarrollo del proyecto. El número de participantes en dicha condición no podrá superar el 30 % del total de integrantes en la conformación del equipo correspondiente. 

F. DEL CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA 2015
La convocatoria a presentación de Proyectos Integrales para Centros de Extensión Universitaria se desarrollará según el siguiente cronograma:
1. Difusión de la convocatoria: a partir de la publicación de la presente Resolución.
2. Manifestación de Interés de presentarse a la convocatoria. Concertación de reunión entre los interesados y los referentes de cada Sede: hasta el 10 de abril de 2015, en Secretaría de Extensión Universitaria. 
3. Presentación de Proyectos en unidades académicas: hasta el 04 de mayo de 2015. Los Proyectos deberán presentarse en tres (3) copias papel y soporte magnético. 
4. Revisión de aspectos formales de los Proyectos presentados en las Unidades Académicas y notificación a los Directores: hasta el 11 de mayo de 2015.
5. Presentación definitiva de los Proyectos con los aspectos formales pertinentes: hasta el 20 de mayo de 2015, con envío de copia en formato digital a la Secretaría de Extensión Universitaria de Rectorado de la totalidad de los anexos.
6. Publicación de Nómina de Evaluadores en las Unidades Académicas: a partir de la publicación de la presente Resolución.
7. Impugnación de Evaluadores: desde la fecha de su publicación y hasta el 04 de mayo de 2015.
8. Elevación de los Proyectos con las Ordenanzas de Consejo Académico respectivas a la Secretaría de Extensión Universitaria de Rectorado: hasta el 10 de junio de 2015. Los proyectos deberán ser elevados en expedientes individualizados por proyecto adjuntando el soporte magnético y copia para desglose.
9. Evaluación Externa en sede de Rectorado: en el período comprendido entre el 15 y el 26 de junio de 2015.
10. Publicación de los resultados de la evaluación de todos los proyectos presentados y notificación en las Secretarías de Extensión de las Unidades Académicas: durante los Cinco (5) días hábiles posteriores a la evaluación externa.
11. Pedido de reconsideración: durante los Cinco (5) hábiles posteriores a la notificación. (ANEXO X)
12. Elevación al Consejo Superior y publicación de OCS que aprueba el Orden de Mérito.

Plan de Beca. Descargar ANEXO VI