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Last Updated on Thursday, 17 October 2019 14:39
Published on Wednesday, 14 August 2019 16:12

Reglamento


RR 2170/19 (ver acto

REGLAMENTO PARA LA CONVOCATORIA DE PROYECTOS DE EXTENSIÓN 2020

A. DEFINICIÓN DE PROYECTOS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA

Se considera a la extensión como función inherente al quehacer universitario cuyo sentido comunitario, de integración/retroalimentación y desarrollo multidimensional, se sustenta en su naturaleza académica y social, con un enfoque integral del sujeto en sociedad como verdadero protagonista de su tiempo y espacio, autónomo y comprometido con una práctica democrática en la construcción colectiva y el bienestar social. En dicho contexto, se motivan y entienden como Proyectos de Extensión a aquellos emprendimientos que proponen acciones que conforme al marco teórico y el tipo de intervención seleccionada, tiendan a mejorar la calidad de vida de la población y a participar activamente en la reconstrucción de los espacios y las prácticas vinculares para tal fin. Dichos Proyectos de Extensión deben ejecutarse con referencia a espacios de gestión y actores sociales cuyo protagonismo se sitúa por fuera del ámbito universitario.

B. DE LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE EXTENSIÓN UNIVERSITARIA

1. Ante-proyectos.

La presentación de los proyectos comienza con la presentación de un ante-proyecto en la Unidad Académica en la que el/la Director/a cumple función docente, privilegiando aquella más pertinente según los objetivos del proyecto. Dicho ante-proyecto consiste en una ficha metodológica y una idea-proyecto, que en conjunto no pueden exceder las 2 carillas de extensión. En el Sistema Integral de Información de Extensión de la UNMdP (SIIE: www.siiexten.mdp.edu.ar), está disponible para descarga el formulario para la confección del ante-proyecto. El mismo debe ser presentado en papel a la Secretaría de Extensión de la Unidad Académica, dando origen al expediente del proyecto, y enviado por correo electrónico a This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

Estos ante proyectos serán evaluados en cuanto a la pertinencia y factibilidad de las propuestas por parte de la Comisión Asesora de Extensión, quien realizará las observaciones acordes a cada caso en pos de fortalecer la presentación de los proyectos definitivos.

Los Consejos Académicos considerarán los ante proyectos a los fines de avalar la presentación de propuestas a la convocatoria, originando el correspondiente acto administrativo.

2. Presentación.

La presentación de las propuestas definitivas de proyectos se realiza mediante la carga de datos online en el SIIE. Posteriormente deberá presentar una impresión original del proyecto y sus anexos en la Secretaría de Extensión de la Unidad Académica.

Deberá adjuntarse en anexo a la presentación el aval que expresa el compromiso de la/s institución/es extrauniversitarias y los CV de los integrantes del equipo emitidos a través del SIIE.

La Secretaría de Extensión de cada Unidad Académica deberá: efectuar el control de los requisitos formales, verificar que se satisfagan todos los requerimientos que contemple la Convocatoria, validar la presentación del proyecto en el SIIE y elevar las actuaciones para tratamiento en el Consejo Académico.

Cabe destacar que, aunque cuenten con el aval del Consejo Académico en su ante proyecto, no serán admitidas para su evaluación aquellas presentaciones que resulten incompletas y que no cumplan plenamente los requisitos exigidos en la convocatoria.

Se reconocen los siguientes Tipos en los cuales se podrán enmarcar los Proyectos:

I- Proyectos Estímulo: se trata de aquellas iniciativas novedosas presentadas por equipos con escasa trayectoria en Extensión.

Duración: desde seis hasta dieciocho meses de ejecución, comprometiéndose el/la Director/a a transmitir a las Secretarías de Extensión la información pertinente para la difusión de las actividades, durante la ejecución, y de los resultados, dentro de los tres meses posteriores a la finalización del proyecto

II- Proyectos nuevos: se trata de aquellos emprendimientos cuya problemática a abordar y desarrollar resulta novedosa, atento a objetivos no planteados en presentaciones anteriores.

Duración: desde seis hasta dieciocho meses de ejecución, comprometiéndose el/la Director/a a transmitir a las Secretarías de Extensión la información pertinente para la difusión de las actividades, durante la ejecución, y de los resultados, dentro de los tres meses posteriores a la finalización del proyecto

II- Proyectos consolidados: proyectos que posean antecedentes inmediatos acumulados en el marco de la ejecución de otros proyectos avalados y aprobados institucionalmente en Convocatorias enmarcadas en las OCS Nº 1703/03, OCS 2175/07, OCS Nº 212/13 y/u OCS Nº 397/18, y cuyo objetivo general, así como sus aspectos metodológicos y dispositivos, justifiquen la continuidad de los mismos.

Estos proyectos deberán fundamentar fehacientemente dicha continuidad a partir de satisfacer alguna de las siguientes condiciones: la posibilidad de réplica en otra población interactuante conservando la identidad del proyecto; la demanda/interacción sostenida por la misma población o su modificación parcial que amerite ampliar y/o complejizar el abordaje con nuevos objetivos específicos y dispositivos ad hoc.

Deberán acreditar la aprobación de la correspondiente evaluación de dichos proyectos, prevista en la normativa.

Duración: entre doce y veinticuatro meses de ejecución, comprometiéndose el/la Director/a a transmitir a las Secretarías de Extensión la información pertinente para la difusión de las actividades, durante la ejecución, y de los resultados, dentro de los tres meses posteriores a la finalización del proyecto.

En el caso de que los/as Directores/as de proyectos hayan presentado proyectos en convocatorias anteriores, y hayan sido financiados por la UNMDP, deberán tener aprobados tanto los informes como las rendiciones finales de dichos proyectos.

2. Aval de las instituciones extrauniversitarias.

Deberá presentarse el formulario que emite el SIIE debidamente firmado por las autoridades de la institución, en el cual se ponga de manifiesto el compromiso asumido respecto a la concreción del proyecto.

3. Autorización de uso de datos.

En el caso de proyectos que involucren el uso y análisis de datos personales y/o material audiovisual (fotos, videos, audios) donde las personas sean identificables, se deberá contemplar el pedido del consentimiento/asentimiento informado.  Para esto se deberá utilizar el formulario tipo disponible en el SIIE.

4. Radicación.

Los proyectos podrán estar radicados en:

a) Centros de Extensión Universitaria. Deberá mencionarse la o las sedes.

b) Programas de Extensión

c) Grupos de Extensión

5. Localización.

Deberá especificarse la localización geográfica definida, dada por la interacción con establecimientos educativos, sociedades de fomento, asociaciones civiles, e instituciones públicas o privadas,  consignando barrio o localidad en el cual se desarrolle el proyecto.

6. Áreas temáticas.

Los proyectos presentados deben encuadrarse en las siguientes áreas temáticas:

A- Economía solidaria y desarrollo de emprendimientos socioproductivos

B- Educación

C- Ciudadanía, DDHH, Género

D- Salud. Salud colectiva y promoción de la salud

E- Ambiente, Ecología y Desarrollo Sustentable

F- Hábitat y vivienda

G- Arte, cultura y comunicación

7. Formato del proyecto.

El proyecto debe ser presentado en el formato del documento PDF que emite el SIIE. El formulario y sus anexos deberán presentarse en papel, firmado por el/la Director/a en todas sus hojas.

8. Equipo.

CV. En la presentación se adjuntará el CV del/la director/a, co-director/a e integrantes del equipo en el formato recomendado para extensión que se detalla en ANEXO II y ANEXO III de la presente Resolución.

Los CV deben ser sintéticos, no excediendo las cuatro páginas y destacándose las actividades relacionadas con la tarea extensionista, principalmente aquello que acredite toda actividad vinculada a la problemática planteada en el proyecto. Los datos allí consignados revisten el carácter de declaración jurada, debiendo presentarse rubricados con firma del/la interesado/a en todas sus páginas.

Conformación. Los equipos de los proyectos nuevos deben contemplar en su integración un mínimo de 2 estudiantes, quienes podrán participar del mismo en calidad de voluntarios/as o realizando su práctica socio comunitaria. En el caso de los proyectos consolidados deben contemplar un mínimo de 5 estudiantes en el equipo de trabajo

Prácticas Socio Comunitarias. Los proyectos, en su formulación, pueden solicitar la participación de estudiantes en el marco de las PSC que no hayan sido contemplados como parte del equipo de trabajo, debiendo completar detalladamente el ANEXO IV. Estas solicitudes serán cursadas a las correspondientes Unidades Académicas para su debida difusión.

Becas. Los proyectos Consolidados pueden solicitar una beca de extensión con duración de 12 meses y dedicación simple, o alternativas equivalentes a esta. Para esto, deberá completarse en forma detallada el ANEXO V.

9. Evaluación.

Se considerarán aprobados aquellos proyectos que obtengan un mínimo de 6 (seis) puntos en la evaluación.

En la instancia de evaluación se realizará una entrevista presencial de 10 minutos con los/as directores/as y codirectores/as de los proyectos. En el caso de los proyectos consolidados también deberá estar presente alguien en representación de las organizaciones vinculadas.

10. Aspectos prioritarios que deben ser tenidos en cuenta por la Comisión Evaluadora:

-       Radicación en Estructuras de Extensión. Se busca potenciar la articulación de las iniciativas de extensión de nuestra Universidad, por ende se ponderará positivamente, y de manera diferencial, la radicación y articulación de los proyectos con los Centros de Extensión (mayor ponderación), Programas, y/o Grupos (menor ponderación).

-       Integralidad. Se destacará la presentación de una coordinación entre las áreas académica, de investigación y de extensión, que apunte a la concreción de una estrategia integral.

-       Participación estudiantil. Se pretende aumentar y potenciar la participación de los y las estudiantes. En este sentido se evaluará tanto cantidad de estudiantes participantes, como la integración de Prácticas Socio Comunitarias y la generación de dispositivos para la contención y formación de los mismos.

-       Sistematización y difusión. Se valorarán especialmente los mecanismos previstos por el proyecto para la sistematización de la experiencia realizada y la difusión de actividades y resultados.

C. DEL DESTINO DE LOS SUBSIDIOS

1. Subsidio por proyecto.

●      Proyectos estímulo: pueden solicitar subsidio por un máximo de $17.500

●      Proyectos nuevos: serán subsidiados como máximo con $35.000

●      Proyectos consolidados: se determina una asignación máxima de $45.000. En caso de proyectos de 24 meses de duración, si al finalizar los primeros 12 meses se hubiese agotado el financiamiento, podrán solicitar un adicional mediante debida justificación. Su asignación quedará sujeta a la disponibilidad presupuestaria.

La distribución del presupuesto asignado para la convocatoria, a aprobarse en la OCS de Presupuesto 2020, será con las siguientes consideraciones:

-       Se destinará el 35% del presupuesto total a la categoría "Consolidados", 40% a la categoría de "Nuevos", y 25% a la categoría "Estimulo".

-       Se financiará al menos un proyecto de la categoría "Estímulo" por cada Unidad Académica, Escuela Superior de Medicina y Colegio Nacional Arturo Illia.

2. Percepción del monto asignado.

-       Proyectos estimulo: el/la responsable financiero/a del proyecto seleccionado percibirá, durante el primer mes de inicio del proyecto –contando a partir de la aprobación del proyecto por OCS-, el monto total del subsidio solicitado.

-       Proyectos nuevos: el/la responsable financiero/a del proyecto seleccionado percibirá en dos (2) cuotas iguales, el monto asignado al mismo. La primera asignación se hará efectiva durante el primer mes de inicio del proyecto –contando a partir de la aprobación del proyecto por OCS-. Para percibir la segunda cuota, es requisito haber presentado la rendición parcial de los fondos antes recibidos, y se hará efectiva en la mitad de ejecución del proyecto.

-       Proyectos Consolidados: el/la responsable financiero/a del proyecto seleccionado percibirá, durante el primer mes de inicio del proyecto –contando a partir de la aprobación del proyecto por OCS-, el monto presupuestado para los primeros doce meses del Proyecto. En caso de plantear presupuesto adicional, el monto a percibir estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria. Para percibir este segundo monto, es requisito contar con la aprobación de la rendición de los fondos antes recibidos.

3. Destino de los fondos

Los subsidios otorgados por la Universidad Nacional de Mar del Plata podrán financiar únicamente los siguientes rubros:

-       Retribución a los integrantes del equipo de acuerdo a las normativas vigentes.

-       Bienes de consumo y servicios.

-       Bibliografía.

-       Equipamiento.

-       Gastos para la publicación de los resultados del proyecto.

-       Gastos de servicios técnicos especializados para el proyecto.

-       Gastos de movilidad, alojamiento y comida que, relacionados con el proyecto, utilicen los integrantes del equipo de trabajo.

-       Inscripción a Congresos, Jornadas, Encuentros, etc. sobre Extensión Universitaria, certificándose la presentación de trabajo, póster y/o exposición.

Los gastos en honorarios no deben exceder el 70% y los gastos en equipamiento no deben exceder el 50% del monto total del subsidio otorgado por la convocatoria.

4. Dedicación docente

Los docentes con dedicación exclusiva, completa o parcial, podrán participar del proyecto de Extensión Universitaria dentro de su dedicación horaria, sin recibir remuneración.

Los docentes con dedicación simple podrán percibir remuneración por un monto equivalente a la carga horaria comprometida, no pudiendo superar las 30 horas.

En aquellos casos de docentes que perciban remuneración por participar del proyecto de extensión fuera de su carga horaria, deberán presentar factura de honorarios que respete las formalidades establecidas en el art. 6º de la RR Nº 3066/16, y/o su modificatoria, acompañada de la constancia de inscripción ante AFIP.

5. Graduados

Los graduados universitarios podrán participar del proyecto de Extensión Universitaria fortaleciéndolo con la perspectiva del quehacer profesional desde la propia disciplina de conocimiento y generándose una instancia de aprendizaje, todo ello en el marco del compromiso social universitario. En aquellos casos de graduados que perciban remuneración por participar del proyecto de extensión deberán presentar factura de honorarios que respete las formalidades establecidas en el art. 6º de la RR Nº 3066/16, y/o su modificatoria, acompañada de la constancia de inscripción ante AFIP.

6. Estudiantes

Los estudiantes universitarios podrán participar como integrantes del Proyecto de Extensión Universitaria en condición de adscriptos/as a la extensión, voluntarios/as, Becarios/as de Extensión, o en el marco de las Prácticas Socio Comunitarias, atento a la reglamentación vigente. En todos los casos, la participación del estudiante debe considerarse como instancia de aprendizaje y formación integral del mismo, proceso que debe ser sustentado académicamente mediante supervisión y capacitación.

7. Personal universitario

El personal universitario de la Universidad Nacional de Mar del Plata podrá participar del proyecto de Extensión Universitaria y percibir remuneración de acuerdo con la reglamentación vigente.

En aquellos casos que perciban remuneración por participar del proyecto de extensión fuera de su carga horaria, deberán presentar factura de honorarios que respete las formalidades establecidas en el art. 6º de la RR Nº 3066/16 , y/o su modificatoria, acompañada de la constancia de inscripción ante AFIP.

8. Agentes comunitarios

Se podrá incorporar al equipo que conforma el Proyecto de Extensión Universitaria toda persona que, no reuniendo ninguna de las categorías precedentes, se justificase dicha inclusión atendiendo a su pertinencia en el desarrollo del proyecto.

9. Destino del equipamiento adquirido

Todo bien o equipamiento cuya compra se proponga, deberá corresponderse con el desarrollo del Proyecto y estar fehacientemente justificado. Dicho bien deberá ser incorporado al patrimonio de la Universidad siendo responsable patrimonial del mismo, durante la duración del proyecto, la Secretaría de Extensión de la Unidad Académica en la que se encuentra radicado. Se deberá utilizar actas de préstamo y de bienes en tránsito hasta tanto finalice el proyecto.

Una vez finalizado el Proyecto, el bien adquirido deberá ser transferido y puesto a disposición de la Secretaría de Extensión Universitaria.

D. INFORMES DE AVANCE y FINAL

1. Informe de avance.

Oportunidad. Los Directores, sin previa notificación, deberán presentar el Informe de avance  a través de las Secretarías de Extensión de las respectivas Unidades Académicas,  en un plazo no mayor a veinte días hábiles posterior al transcurso de la mitad de la duración contemplada para el desarrollo del Proyecto.

La SEU realizará el monitoreo de los proyectos durante su ejecución y emitirá un breve informe escrito en función del informe de avance presentado y los mecanismos que se consideren pertinentes para constatar el mismo.

El Informe de Avance original y la copia de la rendición parcial, deberán glosarse al expediente generado oportunamente con el proyecto.

Dicho Informe de Avance en sus aspectos académicos formará parte de la presentación a realizar por parte del/a Director/a y del resto de los/as integrantes del Proyecto en las Jornadas que organice la SEU con frecuencia anual, como una instancia tendiente a socializar los estados de avance y/o final de los Proyectos con relación a los logros y las condiciones en su desenvolvimiento. Serán invitadas a participar las instituciones extrauniversitarias que interactúan en el desarrollo del Proyecto.

2. Informe final

Oportunidad. Los Directores, sin previa notificación, deberán presentar el Informe final a través de las Secretarías de Extensión de las respectivas Unidades Académicas, en un plazo no mayor a veinte días hábiles siguientes a la finalización del proyecto.

A dicho informe final, se deberá adjuntar un informe proveniente de las instituciones extrauniversitarias co-participantes del mismo expresando sus consideraciones respecto del desarrollo del emprendimiento y la satisfacción de los objetivos planteados en el mismo.

El Informe Final original y la copia de la rendición final deberán glosarse al expediente generado oportunamente con el proyecto.

3. Evaluación del informe final.

El Proyecto será evaluado por una Comisión Evaluadora convocada al efecto, integrada por especialistas del Banco de Evaluadores establecido en la normativa vigente. Los resultados de dicha evaluación final se remitirán al Consejo Superior para su conocimiento y aprobación definitiva. Los informes desaprobados impedirán a los/as Directores/as de Proyecto y a los/as responsables financieros/as, presentarse en la siguiente Convocatoria de la Universidad Nacional de Mar del Plata.

E. DEL CRONOGRAMA DE LA CONVOCATORIA 2020

La convocatoria a presentación de Proyectos de Extensión Universitaria se desarrollará según el siguiente cronograma:

1. Difusión de la convocatoria: a partir de la aprobación del presente acto administrativo.

2. Presentación, en papel y por correo electrónico, de ante-proyectos en Unidades Académicas: hasta el 13 de Septiembre de 2019.

3. Evaluación de pertinencia y factibilidad: entre 16 de septiembre y 27 de septiembre.

4. Devolución de evaluación de pertinencia y factibilidad: durante los cinco (5) días hábiles posteriores de realizada a la notificación del director o directora.

5. Aval de Consejos Académicos a la presentación de las propuestas en la convocatoria: hasta el 15 de octubre de 2019

6. Publicación de Nómina de Evaluadores en las Unidades Académicas según normativa vigente: a partir del 7 de Octubre de 2019.

7. Impugnación de Evaluadores: desde el 7 de Octubre de 2019 hasta el 18 de Octubre de 2019, mediante nota elevada a la SEU fundada en las causales previstas en la normativa vigente.

8. Presentación de propuestas de Proyectos en Unidades Académicas para revisión de aspectos formales de las Secretarías de Extensión: hasta el 25 de Octubre de 2019.

9. Presentación definitiva de los Proyectos con los aspectos formales pertinentes: hasta el 1 de Noviembre de 2019.

10. Elevación de los Proyectos con las Ordenanzas de Consejo Académico respectivas a la Secretaría de Extensión Universitaria de Rectorado: hasta el 8 de Noviembre de 2019. Los proyectos deberán ser elevados en expedientes individualizados por proyecto con toda la documentación original.

11. Presentación de Informes y rendiciones finales de proyectos para la presentación de Consolidados: hasta el 8 de Noviembre de 2019.

12. Evaluación en sede de Rectorado: en el período comprendido entre el 19 y el 22 de Noviembre de 2019. Tanto director/a como codirector/a de cada proyecto deben prever disponibilidad para estar presentes en estas fechas.

13. Publicación de los resultados de la evaluación de todos los proyectos presentados y notificación en las Secretarías de Extensión de las Unidades Académicas: durante los cinco (5) días hábiles posteriores a la evaluación.

14. Solicitud de reconsideración a la evaluación: durante los cinco (5) días hábiles posteriores a la notificación del director o directora.

15. Elevación al Consejo Superior y publicación de OCS que aprueba el Orden de Mérito.